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Es una de las preguntas más comunes que nos hacen los empresarios en Colombia. Y la respuesta corta es: no, no funciona así. Pero la respuesta larga es la que vale la pena leer.
Imaginemos a Camilo. Tiene una empresa de distribución en Medellín, once empleados, y desde hace dos años les paga un «auxilio de rodamiento» de $200.000 mensuales a los que usan su moto para trabajar. Camilo llegó a nuestra oficina convencido de que eso lo eximía del auxilio de transporte. Su contador anterior le había dicho algo parecido. Y llevaba dos años sin pagarlo.
Cuando revisamos su caso, encontramos un pasivo laboral acumulado que no esperaba. Aquí te contamos exactamente por qué, con la norma en la mano.
Primero: ¿qué es cada cosa?
No son lo mismo. Nunca lo fueron. Tienen orígenes distintos, propósitos distintos y bases legales distintas. Confundirlos es el error más costoso que puede cometer un empleador.
Auxilio de rodamiento — lo que muchos creen
Es un pago que el empleador hace voluntariamente al trabajador para compensarle el desgaste o uso de su vehículo propio en beneficio de la empresa. No está definido en una norma laboral específica como derecho universal: nace del acuerdo entre las partes o de la política interna de la empresa. Su naturaleza, según el artículo 128 del CST, puede pactarse como no constitutiva de salario, siempre que así quede establecido por escrito.
Auxilio de transporte — lo que dice la ley
Es una obligación legal, no una dádiva del empleador. Nació con la Ley 15 de 1959, reglamentada por el Decreto 1258 de 1959, y su propósito original era ayudar a los trabajadores a pagar el costo de desplazarse desde su casa hasta el lugar de trabajo. El Gobierno lo fija cada año mediante decreto. Para 2026, está en $249.095 mensuales. Tiene que pagarse a todo trabajador que devengue hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes (2 SMLMV).
El mito en detalle: ¿por qué no reemplaza?
La confusión tiene cierta lógica superficial: ambos conceptos tienen que ver con «transporte» y ambos son pagos adicionales al salario. Pero ahí termina el parecido.
El rodamiento compensa el uso del vehículo del trabajador para las funciones del trabajo (visitas, entregas, gestión en campo). El auxilio de transporte compensa el costo de llegar al trabajo. Son dos necesidades completamente distintas. Un trabajador puede recibir rodamiento durante el día para moverse entre clientes, y al mismo tiempo tener derecho al auxilio de transporte para pagarse el bus o el metro que lo lleva de su casa a la oficina.
«El auxilio de transporte no tiene relación con el uso del vehículo en el trabajo. Su finalidad es subsidiar el desplazamiento del trabajador a su lugar de trabajo, independientemente de cómo se mueva durante la jornada.»
Criterio sostenido por el Ministerio del Trabajo de Colombia en múltiples conceptos de doctrina laboral
Además —y este es el punto que más sorprende a los empleadores— el artículo 128 del CST permite excluir el rodamiento de la base salarial solo si así se pacta expresamente. Pero eso no lo convierte en sustituto del auxilio de transporte. Son obligaciones independientes que corren en paralelo.
¿Cuándo SÍ se puede no pagar el auxilio de transporte?
Hay casos en los que legalmente no aplica. Pero son excepciones muy precisas, no una regla general:
No aplica cuando el trabajador gana más de dos SMLMV (en 2026: más de $3.501.810). No aplica cuando la empresa proporciona el transporte directamente (rutas de empresa, van de transporte, vehículo corporativo asignado para desplazarse al trabajo). Tampoco aplica en trabajadores que laboran en el mismo lugar donde viven, ni en algunos contratos especiales donde está expresamente excluido por la naturaleza de la actividad.
Lo que no exime: Pagar un auxilio de rodamiento, dar un bono de gasolina, reconocer kilometraje o cualquier otro pago relacionado con el uso del vehículo durante la jornada laboral. Ninguno de estos conceptos reemplaza el auxilio de transporte si el trabajador gana hasta 2 SMLMV.
¿Debo pagar auxilio de transporte?
Ajusta el salario y el número de empleados para calcular el valor mensual.
Límite 2 SMLMV
$3.501.810
Para 2026
¿Aplica auxilio?
Sí aplica
Salario ≤ 2 SMLMV
Auxilio por persona
$249.095
Incremento 24,5% · 2026
Total mensual
$249.095
1 empleado elegible
Este empleado tiene derecho al auxilio de transporte.
Debes pagarlo independientemente del rodamiento que ya le reconozcas. El auxilio también se incluye en la base para liquidar prestaciones sociales.
¿Y si lo he venido haciendo mal?
Esta es la pregunta que más le cuesta hacer a un empresario, pero es la más importante. Si llevas meses —o años— sin pagar el auxilio de transporte a trabajadores que sí tienen derecho, ese dinero se acumula como pasivo laboral. Y cuando un empleado liquida, o cuando hay una visita del Ministerio del Trabajo, ese valor se cobra con intereses y puede generar sanciones adicionales.
Lo más inteligente, en estos casos, es hacer un diagnóstico de la nómina, calcular el pasivo acumulado y estructurar un plan de regularización. No es tan dramático como suena, pero sí requiere actuar pronto: la prescripción laboral en Colombia es de tres años (artículo 151 del CPTSS), lo que significa que el trabajador puede reclamar lo dejado de pagar en ese período.
Preguntas frecuentes que nos llegan por WhatsApp
Sí, y mucho. El auxilio de rodamiento tiene un propósito válido y puede ser muy conveniente para la empresa: permite reconocer el desgaste del vehículo del trabajador sin que ese pago se convierta en salario (si se pacta así por escrito), lo que reduce la base de liquidación de prestaciones. Es una herramienta legítima de gestión de nómina. Solo que no reemplaza el auxilio de transporte.
No. No existe ninguna norma que permita hacer ese cruce. Son conceptos con bases legales distintas y no se compensan entre sí. Si intentas hacer esa compensación en la nómina, esa diferencia quedará como deuda con el trabajador.
Sí. Aunque el auxilio de transporte no es salario, la ley ordena incluirlo en la base de liquidación de prestaciones sociales como prima de servicios, cesantías e intereses a las cesantías. Esto está consagrado en la Ley 1ª de 1963. Muchos empleadores se olvidan de esto y liquidan mal las prestaciones.
En trabajo remoto o teletrabajo pleno, donde el trabajador no se desplaza a ningún lugar físico de la empresa, no aplica el auxilio de transporte porque no hay desplazamiento que subsidiar. Sin embargo, si hay trabajo híbrido —algunos días presenciales— la situación es más compleja y conviene revisarla con un asesor para no generar contingencias.
Sí. El Ministerio del Trabajo puede imponer sanciones económicas en visita de inspección. Además, el trabajador afectado puede demandar laboralmente. Las sanciones administrativas pueden llegar hasta 5.000 SMLMV según el artículo 486 del CST, dependiendo del tamaño de la empresa y la reincidencia en la conducta.
La conclusión que Camilo no quería escuchar
Camilo tenía razón en una cosa: el rodamiento es una herramienta válida. Lo que hizo mal fue creer que pagarlo lo eximía de otra obligación completamente distinta. Al final, regularizamos su nómina, calculamos el pasivo de los dos años dentro del plazo de prescripción, y estructuramos un plan de pago. No fue fácil, pero era el camino correcto.
La norma laboral en Colombia es técnica y llena de matices. Eso no es un defecto: es precisamente la razón por la que vale la pena tener un asesor que la conozca de verdad, y no tomar decisiones de nómina basadas en lo que le dijo alguien en una tertulia de empresarios.
Si tienes dudas sobre tu nómina, sobre si estás pagando bien o sobre cómo estructurar estos conceptos de manera legal y eficiente, escríbenos. Revisamos tu caso sin compromiso.
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