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¿Tu empresa está en el SIMPLE y no sabes cómo manejar la retención en la fuente? Este es uno de los puntos que más genera confusión. Aquí te lo explicamos claro.
Uno de los beneficios más relevantes del Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) es su relación especial con la retención en la fuente. Sin embargo, este tema genera dudas frecuentes tanto en los contribuyentes inscritos como en quienes les pagan por sus servicios o productos. Acá te explicamos cómo funciona.
¿Qué dice la norma?
De acuerdo con el artículo 911 del Estatuto Tributario (ET), modificado por la Ley 2010 de 2019, los contribuyentes del SIMPLE no son sujetos de retención en la fuente a título de renta por los pagos que reciben en desarrollo de su actividad económica. Esto significa que quien les paga no debe practicarles esta retención.
¿Pero qué pasa con la retención que sí aplica?
Aunque el inscrito en el SIMPLE no es objeto de retención a título de renta, existen excepciones importantes. Sí le aplican las retenciones relacionadas con el impuesto de industria y comercio (ICA) consolidado, que se practica a través del SIMPLE como anticipo. Además, en algunas operaciones puntuales como compras de bienes o servicios en las que el contribuyente del SIMPLE actúa como pagador, sí debe practicar retención a sus proveedores si estos pertenecen al régimen ordinario.
Resumen práctico: Si eres del SIMPLE y te pagan → no te deben retener renta. Si tú pagas a un proveedor del régimen ordinario → sí debes practicar retención según las reglas generales del ET.
¿Cómo se acredita la calidad de contribuyente del SIMPLE?
El contribuyente debe informar a su pagador que pertenece al Régimen Simple, y el pagador debe verificar esta situación en el RUT del proveedor, donde aparece el código de responsabilidad 47 – Régimen Simple de Tributación. Esta verificación es la que exime legalmente al pagador de practicar la retención en la fuente a título de renta.
Anticipos del SIMPLE como mecanismo sustituto
El sistema SIMPLE opera bajo un esquema de anticipos bimestrales que el contribuyente paga directamente a la DIAN mediante el recibo electrónico SIMPLE. Estos anticipos reemplazan, en cierta medida, la lógica de la retención tradicional: el contribuyente va «pagando» su impuesto a lo largo del año en lugar de que se le descuente en cada transacción. Así, al finalizar el año, consolida el impuesto con la declaración anual del SIMPLE.
Punto de atención: Si un pagador practica retención en la fuente de renta a un contribuyente del SIMPLE por error, esta retención puede ser solicitada en devolución o compensación, pero genera traumatismos administrativos innecesarios. Siempre verifique el RUT antes de pagar.
¿Aplica retención en la fuente de IVA?
Sí. Los contribuyentes del SIMPLE que sean responsables de IVA sí están sujetos a retención en la fuente a título de IVA cuando su comprador o contratante es un agente retenedor de este impuesto. Esta retención opera de manera independiente al impuesto unificado del SIMPLE y se declara en los períodos correspondientes.
En conclusión
El Régimen Simple ofrece una simplificación real frente a la retención en la fuente de renta, pero no exime de todas las obligaciones de retención. Conocer estas reglas evita errores costosos tanto para el contribuyente como para el pagador. Si tienes dudas sobre cómo aplica esto en tu caso particular, en ACI te acompañamos.
